Así lo indicó Virginia Cervieri, directora del estudio jurídico que defendió a los demandantes ante la empresa tecnológica, bajo el argumento del “derecho al olvido”, al tratarse de información personal contenida en artículos periodísticos “desactualizados y obsoletos” que, a juicio de la abogada, “ya no cumplían con ningún tipo de función informativa”.
El fallo, del que se desconoce a la persona o entidad demandante, condena a Google Argentina, oficina encargada de la región sur de América, y también a su matriz en Estados Unidos.
Cervieri aseguró también que este dictamen constituye “un verdadero hito en materia de protección de datos personales” y coloca a Uruguay como un país que pone límites “claros” a los gigantes de la tecnología en el manejo y protección de datos personales.
El “derecho al olvido”, sobre el que se apoya esta sentencia, es un concepto relacionado con el derecho a la intimidad e imagen, la protección de datos personales y el derecho al honor.
Si bien, en ocasiones, este concepto puede generar fricciones con la libertad de expresión e información, Cervieri aseguró que en este caso la libertad de prensa se mantiene “intacta”, pues las noticias ya publicadas no deben anularse.
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