
El proyecto de ley fue presentado por el Senador Camy, referido a la tenencia y porte de armas.

El mismo establece una prórroga de dos años en el plazo establecido en el artículo 6 de la ley 19.247, que determinaba las condiciones para el cumplimiento de la regularización de armas, municiones y explosivos en los servicios estatales correspondientes. Camy manifestó que “ las normas no fueron adecuadamente explicadas y publicadas en medios masivos de comunicación”, y puede constatarse al analizar que entre el año 2015 y 2017 “ sólo se entregaron en forma voluntaria para su destrucción al Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional, 1.362 armas de un total de 604.041 armas registradas “.

Agregó que “ en el mismo periodo el Poder Judicial realizó 14.102 solicitudes al Servicio de Material y Armamento para que informara sobre el origen de las armas sujetas a algún tipo de proceso judicial, dando cuenta que solo el 2,48 % se encontraban con denuncia de extravío y que 5.682 carecían de registro “. El Senador recordó que “ en la actualidad la tenencia o el porte de un arma sin registro constituye un delito y se encuentra tipificado en el art. 152 del Código Penal “.

Señaló finalmente que “ el número de armas que continúa en manos de la población civil sin registrar es muy importante”, y que “ es necesario y pertinente permitir que más ciudadanos puedan en forma voluntaria y ordenada regularizar la situación “.
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